lunes, 21 de octubre de 2013

Monólogos de Carlos Alsina: No se ha tratado -no se trata- ni de olvidar lo que hicieron estos indeseables ni mucho menos de perdonarlo

21 Octubre 2013

Les voy a decir una cosa.

No se ha tratado -no se trata- ni de olvidar lo que hicieron estos indeseables ni mucho menos de perdonarlo. Nadie ha perdonado nada. Nadie puede olvidar lo mucho que mataron, los muchos a los que nos quitaron.

Los diecisiete juristas que integran la Gran Sala (así se llama) del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (es decir, Estrasburgo) no han desmentido que Inés del Río sea una etarra y asesina abominable ni han disculpado sus muchos y muy sangrientos crímenes. No es discutible -y no ha estado en discusión- que quien pone una bomba y mata a un hombre, a una mujer, a una familia, es un asesino despreciable que merece castigo.

No es discutible -y no ha estado en discusión- que esta gentuza ha repartido ataúdes por media España, ha alimentado el odio y ha envenenado la convivencia (con la colaboración de Batasuna, cuarenta años jaleando, y contribuyendo, a tanta nuca reventada y tanta metralla). Lo único que han debatido, y sentenciado, estos diecisiete juristas es cómo debe calcularse el cumplimiento efectivo de las penas de prisión conforme a las normas que rigen en España. O dicho de otro modo, si aquella novedad que supuso la llamada doctrina Parot, la nueva forma de computar los beneficios penitenciarios que estableció el Tribunal Supremo en 2006 era correcta o no lo era.

Estrasburgo ha establecido que no lo fue y por eso da la razón a la etarra en su demanda. No dice que ella sea una persona admirable que actuó movida por nobles intenciones y merece, por ello, que se le rindan homenajes en la calle. Sólo dice que hay que aplicarle la norma que regía cuando fue juzgada y condenada, tanto en lo que hace a la pena máxima efectiva (que entonces eran treinta años) como al cómputo de las redenciones penitenciarias (que entonces, aunque hoy nos parezca increíble, permitía que un asesino en serie redimiera parte de su pena haciendo pequeñas tareas en la cárcel). O traducido, que tendría que haber salido de prisión en julio de 2008 y no en junio de 2017. La consecuencia es que Inés del Río, asesina múltiple que ha pasado los últimos veinticinco años en la cárcel, saldrá de ella en las horas próximas.

La doctrina Parot fue una interpretación de la legislación penitenciaria que alumbró el Supremo cuando, en 2006, iba a salir de prisión el etarra Henri Parot, alias Unai, muy admirado entre sus colegas matarifes por su aptitud para matar al por mayor a base de coches bomba. Condenado por el asesinato de 82 personas en 26 sentencias que sumaban casi cinco mil años de cárcel, habiéndose beneficiado de las redenciones de pena que regían entonces, su abogado entendió que los dieciséis años que había pasado en prisión satisfacían la pena impuesta. Hubo revuelo social, no sólo porque dieciséis años por ochenta y dos asesinatos parecían poca cosa, sino porque siempre se explicó mal en España que esto de que le caigan a un tipo cinco mil años de prisión no tiene más relevancia, a la hora de la verdad, que el que le caigan cincuenta.

Con el Código Penal anterior el máximo de años que, en realidad, podía cumplir un recluso eran treinta; con el actual, son cuarenta. Y aunque el recluso tenga varias condenas vigentes por cientos de años cada una, existe un concepto llamado refundición de las penas, que significa que, en la práctica, es como si tuviera una sola condena, es decir, nuevo cuarenta años máximo. No es que el terrorista cumpla sus primeros cuarenta años por un asesinato, luego otros cuarenta por el segundo, después otros cuarenta por el tercero, etcétera), sino que se refunden las cuatro en una de tal manera que el tope pasa a ser cuarenta años y cada año que cumples, en la práctica, vale para todas.

Cuando se dice que Estrasburgo ha bendecido la tarifa plana para terroristas, o cuando se lamenta lo barato que sale cada asesinato (porque quien mata a cuarenta personas sale a un año por muerto), cuando se repite que no puede tener el mismo reproche matar a uno que matar a treinta, se olvida que todo eso tiene poco que ver con Estrasburgo; su origen es la refundición de penas y el tope que establece el Código Penal.

Lo que buscaba el Supremo cuando aportó esta nueva doctrina no era que Henri Parot se “pudriera en prisión” (porque esto es algo que nuestra legislación no contempla, por más que los sucesivos presidentes de gobierno hayan recurrido a esa expresión en ocasiones varias, en España no existe hoy la pena de pudrimiento en prisión, existen cuarenta años y después, sí o sí, se sale, y eso no es cosa de Estrasburgo sino nuestra, del Parlamento); lo que buscaba el Supremo no era que Parot se quedara en prisión para siempre (cinco mil años), sino que cumpliera los treinta máximos que regían con el código penal del 73. Y es ahí donde alumbró esta nueva forma de computar las redenciones de pena, que se irían descontando no de los treinta años (la pena refundida) sino de los cinco mil (cada una de las sentencias). El objetivo era, en fin, que estuviera entre rejas hasta 2020, no a perpetuidad. Y en rigor hay que recordar que fue una doctrina que generó división de opiniones entre los juristas españoles.

Hoy los juristas de Estrasburgo han determinado que modificar la forma de hacer ese cálculo con reclusos que estaban ya cumpliendo condena no fue correcto. Es decir, que la cuenta buena era la de antes. Y que los reclusos tienen derecho a que se les aplique esa cuenta. No se ha tratado -no se trata- ni de olvidar lo que hicieron estos indeseables ni mucho menos de perdonarlo. Hablar, claro, de los derechos de tipos y tipas con Inés del Río, o Parot, o los otros asesinos en serie que han matado sin el menor escrúpulo y sin el menor arrepentimiento posterior, escuece, es un plato amargo. Pero en nuestra sociedad (organizada en leyes, democrática y desarrollada) los asesinos también tienen derechos. Aunque ellos no hayan respetado nunca los de los demás.

Estrasburgo sólo puede corregir el criterio de quien respeta y defiende los derechos humanos, de quien cumple la ley y de quien defiende y fortalece el estado de derecho. Es decir, de nosotros, los de este lado, los buenos de esta película tan dolorosamente real que se ha llamado derrotar a ETA. Quienes habéis sufrido directamente, en casa, ese dolor, porque os ha tocado directamente a vosotros llorar, enterrar y añorar a los vuestros, tenéis hoy la sensación de que no se ha hecho justicia a vuestros muertos; la sensación de que, ahora que ETA ya no mata, se va relajando el nivel de exigencia, a quienes mataron y a quienes hicieron política a su vera. Nada va a poder cambiar esas sensaciones. Nadie tiene derecho a exigiros silencio.

Hoy el club de fans de Inés del Río y de desechos sociales como ella saldrán a la calle a festejar lo que consideran una gran victoria. Con su pan se lo coman. No lo es. No es una gran victoria. ETA, hoy -octubre de 2013, cuarenta y cinco años después de empezar a matar- está acabada. Los etarras, y sus socios, han perdido el pulso que plantearon. Han perdido porque nosotros, los buenos, hemos ganado. Es una victoria agria, porque no devuelve la vida a ninguno de los asesinados; no cura las heridas, muy hondas, que ha causado tanto silencio cómplice y tanto cobarde enmascarado; no nos ahorra el mal trago de ver a antiguos propagandistas del terror dando lecciones morales desde sus tribunas públicas y políticas. Pero han perdido.

No hay Euskalherría independiente integrada por las siete provincias y organizada como estado de inspiración estalinista. Lo que hay es una banda desarbolada cuyos comunicados no le interesan ya ni al Gara y una izquierda abetzale resignada a acatar la ley que rige para todos, la que castiga a quien mata y obliga a renunciar a la violencia para hacer política. No convirtamos nosotros esta decisión de Estrasburgo -una corrección de criterio, ajuste contable en el cómputo de las penas- en una victoria de asesinos e iluminados que hace tiempo han perdido el pulso.

No se ha tratado -no se trata- ni de olvidar lo que hicieron estos indeseables ni mucho menos de perdonarlo.

http://podcast.ondacero.es/mp_series3/audios/ondacero.es/2013/10/21/00178.mp3

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